Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100206-0186
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 24 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 742 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Serhiy Zinchenko, contra la empresa “Pladors Montajes y Decoración, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado providencia de fecha 20 de agosto de 2009, auto de fecha 7 de septiembre de 2009 y auto de fecha 28 de septiembre de 2009 siguientes: Propuesta de providencia de la secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 20 de agosto de 2009. Por presentado el anterior escrito anunciando recurso de suplicación por el letrado don Martín Ochoa Díaz, en nombre y representación de don Serhiy Zinchenko, con fecha de presentación en el Decanato de 14 de agosto de 2009 y en este Juzgado el 17 de agosto de 2009, únase a los autos de su razón. Habiéndose presentado escrito de aclaración de sentencia con fecha 14 de agosto de 2009, y en este Juzgado de 17 del mismo mes y año, únase a los autos de su razón y estese a la espera de lo que resulte de la aclaración solicitada y a la notificación de la resolución que se dicte, y verificado lo anterior se acordará lo procedente sobre el recurso de suplicación anunciado. El escrito presentado por la demandada con fecha 17 de agosto de 2009 en el Decanato y con fecha 18 de agosto de 2009 en este Juzgado únase a los autos de su razón. Se tiene por efectuada en forma la opción de la parte demandada en favor del abono de la indemnización al trabajador. Dese traslado a la parte demandante para su conocimiento. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado). Auto En Madrid, a 7 de septiembre de 2009 Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice: «Estimando la demanda de despido a instancias de don Serhiy Zinchenko, frente a “Pladors Montajes y Decoración, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando a la empresa demandada a optar entre readmitir al actor en su puesto de trabajo o bien indemnizarle con la cantidad de 5.714,55 euros, y en ambos casos los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la notificación de la sentencia. Opción que deberá realizar en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la sentencia, sin esperar a su firmeza, por escrito o por comparecencia ante el Juzgado. Y en caso de no optar en tiempo y forma, se entenderá la readmisión.» Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social (firmado). Auto En Madrid, a 28 de septiembre de 2009. Dispongo: Tener por desistida a la parte recurrente del recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada en este procedimiento. Por presentado el anterior escrito por el letrado don Martín Ochoa Díaz, en nombre y representación de don Serhiy Zinchenko, con fecha de entrada en Decanato el 23 de septiembre de 2009 y en este Juzgado el 24 de septiembre de 2009, únase a los autos de su razón. Respecto a las peticiones de testimonio de la sentencia y del auto de 7 de septiembre de 2009, con indicación de su firmeza, estese a la espera de la firmeza del presente auto, y una vez conste la misma se expedirán los testimonios solicitados, y verificado lo anterior, pasen las actuaciones al archivo, previa nota en los libros registros de este Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Susana García Santa Cecilia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Serhiy Zinchenko en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 11 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.410/10) |

