Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
27-01-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100127-0211

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 7 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.219 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Edmundo Esteban Sanz, contra la empresa “Estancia Santa Catalina, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto aclaratorio de sentencia de fecha 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo.—Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice:

Fallo

Que estimando como estimo la demanda presentada por don Edmundo Esteban Sanz contra la empresa “Estancia Santa Catalina, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor y extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos del 21 de octubre de 2009, y debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por estas declaraciones y a que, en concepto de indemnización abone al actor la cantidad de 652,21 euros, así como la de 5.010,61 euros por salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia.

Los plazos para los recursos que procedan contra la resolución de que se trate se
interrumpirán desde que se solicite su aclaración, y, en todo caso, comenzarán a computarse desde el día siguiente a la notificación del auto que reconociera o negase la omisión de pronunciamiento y acordase o denegara remediarla (rtículo 267.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estancia Santa Catalina, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.488/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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