Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100126-0002
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS RIVAS-VACIAMADRID URBANISMO A los efectos establecidos en el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se hace público que con fecha 29 de octubre de 2009 el Pleno del Ayuntamiento adoptó acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial de Reforma Interior de las parcelas RC-1, RC-1’, RC-2, RC-2’, RC-3, RC-3’, RC-10, RC-11, RU-7, RU-4, ZV-4 y VG del SUS PPD “Las Colinas”, del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Rivas-Vaciamadrid. Dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, por lo que contra el mismo cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio. A los efectos prevenidos en el mismo artículo, se hace público que con fecha 13 de noviembre de 2009 se procedió a depositar en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de una copia del Plan Especial de Reforma Interior de las parcelas RC-1, RC-1’, RC-2, RC-2’, RC-3, RC-3’, RC-10, RC-11, RU-7, RU-4, ZV-4 y VG del SUS PPD “Las Colinas”, del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Rivas-Vaciamadrid, junto con copia diligenciada del expediente tramitado para su aprobación, publicándose en cumplimiento de lo preceptuado en el citado artículo 66.1, en relación con el 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, el texto íntegro de las ordenanzas o del articulado del referido Plan. MEMORIA 1. Motivación La finalidad de este Plan Especial de Reforma Interior del SUS PPD “Las Colinas” es establecer un ámbito en el que se puedan realizar viviendas de menor tamaño atendiendo a la realidad socioeconómica actual del municipio, transformando vivienda unifamiliar en vivienda colectiva, además de reducir el tamaño medio de esta última. Además, de esta manera, damos una imagen más uniforme del entorno desde el Metro con edificios de altura muy similar. Por otra parte, se pretende mejorar todo el flujo circulatorio del Sector, facilitando los accesos al nuevo auditorio del parque mediante la eliminación del túnel proyectado en el vial principal (Calle 1) y el aumento de plazas de aparcamiento. 2. Objeto Se redacta este Plan Especial con cuatro objetivos diferentes: 1. Segregación y cambio de uso de vivienda unifamiliar a vivienda colectiva de la parcela RC-15 (denominada RU-7 en el Plan Parcial) en la RC-15.1 y la RC-15.2. 2. Segregación de las parcelas RC-10 y RC-11 en las parcelas RC-10.1, RC-10.2, RC-10.3 y RC-11.1, RC-11.2, RC-11.3, respectivamente. 3. Modificación del trazado del vial principal denominado Calle 1 perteneciente a la Red General (VG), mediante la eliminación del túnel proyectado y generando la continuidad del viario principal en superficie. Esto supone también el reequilibrar superficie de zonas verdes a través del cambio de superficie de las parcelas RU-4, ZV-3 y ZV-4. 4. Cambio de uso de las parcelas de titularidad municipal (cesión) pasando de VPP>110 a VPP En todas estas actuaciones el aprovechamiento y el número de viviendas del Sector permanecen invariables. Como consecuencia de aplicar los diferentes coeficientes de ponderación según tipología edificatoria, se produce una ligera variación en la edificabilidad del Sector. 3. Antecedentes En el Plan Parcial aprobado inicialmente en fecha 6 de junio de 2006 y definitivamente en fecha 25 de julio de 2006, aparecen las siguientes edificabilidades asignadas a las parcelas objeto de Plan Especial. EDIFICABILIDAD DE PARCELAS OBJETO DEL PLAN ESPECIAL En cuanto a las superficies afectadas por el nuevo trazado del vial, el Plan Parcial establecía lo siguiente: SUPERFICIE DE LAS PARCELAS AFECTADAS POR VIAL Por último, las parcelas de titularidad municipal están definidas de la siguiente manera: EDIFICABILIDAD DE PARCELAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL OBJETO DE PLAN ESPECIAL En la Ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid, en el artículo 50 de la citada Ley, en el apartado 2, establece que el Plan Especial podrá modificar o mejorar la ordenación pormenorizada previamente establecida por cualquier otra figura del planeamiento urbanístico vigente, debiendo justificar suficientemente en cualquier caso su coherencia con la ordenación estructurante. La titularidad de los solares de “Gedeco, Sociedad Anónima”, firmante de este Plan Especial. 4. Propuesta EDIFICABILIDAD DE PARCELAS RESULTANTES DEL PLAN ESPECIAL En cuanto a las superficies afectadas por el nuevo trazado del vial, queda de la siguiente manera: SUPERFICIE RESULTANTE DE LAS PARCELAS AFECTADAS POR VIAL Por último, las parcelas de titularidad municipal quedan definidas de la siguiente manera: EDIFICABILIDAD RESULTANTE DE PARCELAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL OBJETO DEL PLAN ESPECIAL 5. Estudio económico-financiero La exigibilidad del estudio económico-financiero en los planes especiales no es automática, sino que varía en función de los objetivos y fines del plan especial de que se trate. En el caso que nos ocupa, no es exigible el mismo, al encontrarnos con un Plan Especial que intenta una reasignación de edificabilidades y segregación de parcelas que permita un aprovechamiento más lógico y racional del Sector SUS-D “Las Colinas”. ANEXO 1 CUADRO DE CESIONES DE SUELO PARA REDES A.1. Plan Parcial A.2. Propuesta Nota importante: aunque en ningún caso se incrementan ni los aprovechamientos ni el número de viviendas, al cambiar tipologías edificatorias en algunas parcelas, se produce un ligero aumento de la edificabilidad del Sector. Las cesiones para este incremento se justifican de la siguiente manera: — Red local: al ser imprescindible un posterior Plan Parcial de Mejora que contemple el incremento de viviendas para llenar las parcelas que este Plan Especial ha dejado vacías, se recogerán las cesiones en dicho documento. — Red general: las cesiones de la red general estaban muy sobredimensionadas según se observa en el cuadro adjunto. — Red supramunicipal: se incrementa la superficie de viario. ANEXO 2 CUADRO DE CESIONES DE SUELO PARA REDES A.1. Plan Parcial A.2. Propuesta Rivas-Vaciamadrid, a 22 de diciembre de 2009.—El alcalde, José Masa Díaz. (02/14.475/09) |

