Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-01-2010

Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100121-0023

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

164 RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2010, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicación de plazas de carácter laboral correspondientes a las categorías de Jefe de Cocina I (Grupo III, Nivel 6, Área B) y Jefe de Cocina II (Grupo III, Nivel 5, Área B) como consecuencia de la finalización del proceso selectivo de promoción profesional específica para el acceso a las citadas categorías, convocado por Orden de 20 de febrero de 2008, de la entonces Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de marzo).

Mediante Orden de 20 de febrero de 2008, de la entonces ­Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de marzo de 2008; corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de marzo de 2008), se convocaron las pruebas selectivas de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de las categorías de Jefe de Cocina I (Grupo III, Nivel 6, Área B) y Jefe de Cocina II (Grupo III, ­Nivel 5, Área B).

A la vista de la Resolución de 13 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de noviembre), por la que se resuelve el citado proceso selectivo, y una vez verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en la Orden de convocatoria, esta Dirección General de Función Pública, en uso de las facultades que tiene legalmente atribuidas,

HA RESUELTO

Primero

Adjudicar destino al personal que se relaciona en el Anexo a la presente Resolución en los términos que se especifican en la misma.

Segundo

Por la Unidad responsable de Personal de la Consejería u ­Organismo de destino de los interesados se procederá a la acredi­tación de las nuevas condiciones de su relación jurídico-laboral mediante la firma de la pertinente diligencia, que se incor­porará al expediente personal de cada uno de los aspirantes selec­cionados.

A tal efecto, los interesados, en el período comprendido entre los días 25 y 29 de enero de 2010 (ambos inclusive), deberán personarse en la Subdirección o Servicio de Personal de la Consejería u Organismo de destino, cuyas direcciones se indican a continuación, debiendo ir provistos de su documento nacional de identidad, documento de afiliación a la Seguridad Social, así como de los datos bancarios correspondientes:

— Servicio Regional de Bienestar Social: Calle Agustín de Foxá, número 31, primera planta (28036 Madrid).

— Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”: Calle Doctor Esquerdo, número 46, Pabellón Administrativo, segunda planta, primera puerta (28007 Madrid).

— Hospital de Guadarrama: avenida Molino del Rey, número 2, 28440 Guadarrama (Madrid).

— Hospital de El Escorial: Carretera de Guadarrama-San Lorenzo de El Escorial, kilómetro 6,255 (Edificio Administración), 28200 San Lorenzo de El Escorial (Madrid).

— Hospital de Cantoblanco: Carretera de Colmenar Viejo, kilómetro 14,500 (Pabellón Administrativo, primera planta), 28043 Madrid.

— Hospital Psiquiátrico “Doctor Rodríguez Lafora”: Carretera de Colmenar Viejo, kilómetro 13,800, 28049 Madrid.

— Consejería de Educación-Dirección del Área Territorial de Madrid-Capital: Calle Vitruvio, número 2, primera planta (Sección de Personal), 28006 Madrid.

Asimismo, en el acto de formalización de las citadas diligencias, las Unidades responsables de Personal de los destinos adjudicados a los aspirantes seleccionados darán debido cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en cuanto a la declaración de actividades en el Sector Público.

Tercero

En el supuesto de que la vacante a la que acceda el titular se encontrase transitoriamente cubierta por personal con relación de empleo de interinidad, se procederá al automático cese de este con carácter previo a la incorporación efectiva del titular.

Cuarto

La presente Resolución tendrá efectos, con carácter general, de día 1 de febrero de 2010, si bien, para todo aquel personal que, relacionado en el Anexo de la misma, se encuentre en alguna de las situaciones que pudieran dar lugar a la suspensión de la relación laboral que, hasta la fecha, vinieran manteniendo en la ­categoría de origen, la eficacia de esta Resolución se producirá en el momento de la efectiva incorporación al nuevo puesto de trabajo.

Quinto

No adjudicar destino en la categoría abajo referenciada a los aspirantes que, habiendo renunciado expresamente a la adjudicación de puesto o en aplicación de lo dispuesto en las bases 10.4 y 11.2 de la Orden de convocatoria, se indican a continuación:

ANEXO

ADJUDICACIÓN DE PUESTOS DE LA CATEGORÍA DE JEFE DE COCINA I (GRUPO III, NIVEL 6, ÁREA B)

ADJUDICACIÓN DE PUESTOS DE LA CATEGORÍA DE JEFE DE COCINA II (GRUPO III, NIVEL 5, ÁREA B)

(03/2.102/10)

Sexto

Declarar desierto el puesto de trabajo 30413, correspondiente a la categoría profesional de Jefe de Cocina I, así como los puestos de trabajo 17032, 21080, 16271 y 16493, correspondientes a la categoría profesional de Jefe de Cocina II.

Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer reclamación previa a la vía judicial laboral ante la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 53.7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Dado en Madrid, a 13 de enero de 2010.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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