Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100118-0021
Páginas: 0
|
C) Otras Disposiciones Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno
De acuerdo con lo señalado en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, mediante Resolución del centro directivo que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (en adelante ICM), podrá habilitarse el Registro Telemático de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos distintos a los incluidos en el Anexo I del citado Decreto 175/2002, de 14 de noviembre. Por la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano se remitió el 14 de diciembre de 2009 informe favorable al impreso que se adjunta en el Anexo de esta Resolución. Consta en el expediente, asimismo, informe favorable de ICM de 16 de diciembre de 2009, a la tramitación telemática de los impresos anteriormente citados. Por todo ello, y de conformidad con lo previsto en el criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los criterios de calidad de la actuación administrativa en la Comunidad de Madrid, RESUELVO Primero Habilitación al Registro Telemático Habilitar al Registro Telemático de Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos al procedimiento número 820 de “Solicitud de información del Registro de Convenios de la Comunidad de Madrid”. Asimismo, deberá entenderse modificado en lo relativo a este procedimiento el último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, siendo de aplicación el siguiente: “Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático: Todos aquellos que en el momento de la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en situación de operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la página web www.madrid.org”. Segundo Publicación de modelo de solicitud Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el modelo de solicitud que se adjunta como Anexo, a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.—El secretario general técnico, Borja Sarasola Jáudenes. (03/994/10) |

