Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100111-0350
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 36 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Begoña González Rozas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.677 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Claudio Rodríguez de Pazos, contra don Miguel Ángel Bizarro Blázquez y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Sentencia número 515 de 2009 En Madrid, a 27 de noviembre de 2009.—Doña Ana Fernández Valentí, magistrada-juez sustituta, refuerzo de tardes, del Juzgado de lo social número 36 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Claudio Rodríguez de Pazos, que comparece, y de otra, como demandados, don Miguel Ángel Bizarro Blázquez, asistido de la letrada doña María Adoración Sánchez López, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Estimo la demanda formulada por don Claudio Rodríguez de Pazos y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto por parte del demandado don Miguel Ángel Bizarro Blázquez, y dado su cese de actividad, declaro igualmente extinguida la relación laboral que unía a las partes desde esta fecha, condenando al demandado a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a que abone al actor en concepto de indemnización la cantidad de 5.763,72 euros y por los salarios de tramitación, del período 6 de septiembre de 2009 al 28 de noviembre de 2009 (ochenta y tres días), la cantidad de 3.752 euros. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2809 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento). Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Miguel Ángel Bizarro Blázquez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 1 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/43.209/09) |

