Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100102-0095
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 734 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Zulma Rivera Flórez y don Joaquín Riveiriño Casco, contra la empresa “JE & CI Coffee, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente: Fallo Estimo las demandas acumuladas de los actores, y declaro improcedentes sus despidos, con efectos de 31 de marzo de 2009. En consecuencia, condeno a la demandada, “JE & CI Coffee, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, debiendo optar en el plazo de cinco días, contados desde la notificación de esta sentencia, entre la readmisión de los trabajadores en las mismas condiciones anteriores al despido, o en otro caso, a la extinción de sus contratos con abono de las indemnizaciones, que quedan fijadas para doña Zulma Rivera Florez en 499,95 euros, y para don Joaquín Riveiriño Casco en 499,95 euros. En ambos casos, la demandada abonará los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, a razón de 1.000 euros mensuales, con inclusión de prorrateo de pagas extras, a cada uno de los dos trabajadores, así como las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social. Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que abonará las cantidades objeto de condena y hasta el límite legal, teniendo en cuenta las prestaciones de desempleo de la actora, así como el período de alta en régimen especial de trabajadores autónomos del actor, a los efectos del pago de salarios de tramitación. Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo. Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio, justificante de haber ingresado 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, con la indicación del número 734/09 de procedimiento, en la sucursal del “Banco Español de Crédito” de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria, la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “JE & CI Coffee, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 4 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/42.375/09) |

