Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091222-0308
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE SALAMANCA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Manuel J. Marín Madrazo, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Salamanca. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución contenciosa que bajo el número 114 de 2008 se tramita en este Juzgado de lo social, a instancias de doña Paula Victoria Brea, contra “Meta 10, Sociedad Limitada”, se ha dictado la resolución siguiente: Auto En Salamanca, a 2 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: Que debo declarar y declaro la insolvencia provisional de la ejecutada “Meta 10, Sociedad Limitada”, con domicilio en Madrid, por ahora y para las resultas de este procedimiento, procediendo en cualquier momento en que se conozcan bienes instarse la continuación del procedimiento. Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial. Publíquese en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a tenor de lo dispuesto en el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral. Contra la presente resolución cabe recurso de reposición que deberá ser interpuesto en el plazo de cinco días ante este Juzgado. Se advierte que si el recurrente no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, Estado, comunidad autónoma, entidades locales o ente autónomo dependiente de alguno de ellos, ni tuviera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita, deberá acreditar en el momento de la interposición haber ingresado en la cuenta corriente de este Juzgado en “Banesto”, cuenta número 3704/0000/00 número de expediente o de ejecución/año, la cantidad de 25 euros. Al hacer el ingreso deberá especificar en el campo concepto del documento resguardo de ingreso que se trata de un recurso, seguido del código 30, y tipo concreto de recurso del que se trate. Si el ingreso se efectúa mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente de especificar los 16 dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio). Asimismo, si por una misma parte se recurriera simultáneamente más de una resolución deberá realizar tantos ingresos o imposiciones diferenciadas como resoluciones a recurrir, indicando en el concepto de tipo de recurso de que se trate y añadiendo en el campo de observaciones la fecha de la resolución objeto del recurso en formato dd/mm/aa. Se advierte que de no cumplirse las anteriores prevenciones, no se admitirá a trámite el recurso. Firme la presente resolución, archívense las actuaciones. Así lo acuerdo, mando y firmo.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado). Y para que conste y sirva de notificación en legal forma a la empresa “Meta 10, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio se ignora, con la advertencia de que las sucesivas resoluciones se notificarán en los estrados del Juzgado, expido la presente en Salamanca, a 2 de diciembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/41.587/09) |

