Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-12-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091216-0106

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

CHINCHÓN

OFERTAS DE EMPLEO

Se hacen públicas las bases específicas de la convocatoria de las plazas incluidas en el anexo del Acuerdo Extraordinario para la Estabilidad en el Empleo y la Consolidación del Mismo en el Ayuntamiento de Chinchón, según bases generales aprobadas por decreto de Alcaldía de 19 de octubre de 2009.

BASES ESPECÍFICAS DE SELECCIÓN PARA CUBRIR UNA PLAZA DE TÉCNICO DE DESARROLLO LOCAL, PERSONAL LABORAL, PARA EL AYUNTAMIENTO DE CHINCHÓN DENTRO DEL ACUERDO EXTRAORDINARIO PARA LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO

1.  Denominación de la plaza

Es objeto de la presente convocatoria cubrir una plaza de técnico de Desarrollo Local, incluida en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Chinchón, publicada en Oferta de Empleo Público 2002, con las retribuciones correspondientes a la categoría de la plaza.

2.  Bases que regirán el proceso selectivo

El proceso selectivo se regirá por las bases generales además de las específicas que a continuación se detallan.

3.  Titulación exigida

Estar en posesión de la licenciatura en derecho, económicas, empresariales o sociología.

4.  Procedimiento de selección

El procedimiento de selección de los aspirantes consistirá en concurso, en el que se calificarán los méritos de los aspirantes y la experiencia laboral. Se valorarán los méritos de los aspirantes de acuerdo con el punto 7.

5.  Requisitos

Los aspirantes deberán reunir, además de los requisitos establecidos en las bases generales, los contemplados en las presentes bases.

6.  Presentación de solicitudes

Se presentarán en el plazo y forma establecidos en las bases generales.

7.  Méritos del concurso

1. Experiencia:

a) En el puesto de trabajo de agente de Desarrollo Local en el Ayuntamiento de Chinchón: 1 punto por año, hasta un máximo de 6 puntos.

b) Por servicios prestados en Administraciones o empresas privadas en análogo puesto: 0,5 puntos por cada año, hasta un máximo de 0,5 puntos.

2. Titulación académica:

a) Cursos de formación continua realizados durante el desempeño de su labor en materias relativas a la plaza a desempeñar: 1 punto por cada cien horas lectivas, hasta 1 punto.

b) Cursos de experto, técnico o diplomado en materia de proyectos de desarrollo, medio ambiente, desarrollo rural, gestión del territorio, turismo u otros relativos a la plaza a desempeñar: 0,5 puntos por cada cien horas lectivas, hasta un máximo de 2,5 puntos.

En Chinchón, a 19 de octubre de 2009.—La alcaldesa, Luisa María Fernández Fernández.

(03/40.674/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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