Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091205-0249

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 30 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.191 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Julissa Karim Cuya Huapaya, contra “Prender y Cocinar, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 4 de noviembre de 2009, cuya fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por doña Julissa Karim Cuya Huapaya, contra la empresa demandada, “Prender y Cocinar, Sociedad Limitada”, declaro la improcedencia del despido y extinguida la relación laboral con efectos de la presente resolución, y condeno a la empresa demandada a satisfacer a la parte actora la cantidad de 1.443,75 euros, como indemnización, y de 3.745 euros como salarios de tramitación.

Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por la anterior declaración y condena, sin perjuicio de sus responsabilidades legales ulteriores, si hubiera lugar a ello, previa instrucción del oportuno expediente administrativo.

Del importe de los salarios de tramitación podrá descontarse lo percibido en otra actividad o empleo alternativo, por cuenta propia o ajena, si se justificase en ejecución de sentencia.

De haber percibido prestaciones por desempleo, la demandante deberá regularizar prestaciones ante el Servicio Público de Empleo y solicitar nueva prestación en el plazo reglamentario de quince días siguientes, con apercibimiento de que, en otro caso, pudiera derivársele la consecuencia prevista en las normas reguladoras de la prestación.

Contra la presente sentencia definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral, procede recurso de suplicación.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Prender y Cocinar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.795/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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