Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-10-2009

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091010-0028

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Consejería de Empleo y Mujer

Resolución de 21 de agosto de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Spain-Rail

Vista el Acta de Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 21 de agosto de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número PCM-0353/2009.

En Madrid, a las once y quince horas del jueves 25 de junio de 2009.—Ante el Instituto Laboral de Madrid, compuesto por:

Presidente: Doña Desiree Moreno Urda.

Vocal: Don Antonio Asensio Zolle.

Vocal: Don Arturo Esteban Morales.

Vocal: Doña Ingrid Fernández Jiménez.

Secretario: Don Antonio Chico Fernández.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha viernes 19 de junio de 2009, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don Santiago Navarro Manresa, en calidad de Director de Operaciones.

La empresa “Spain Rail, Sociedad Limitada”, con domicilio en calle Méndez Álvaro, número 84, de Madrid.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Ignacio Pascual Franco, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Emilio Sánchez López, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Juan Felipe Ciruelos López, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Emilio Cardero Millán, en calidad de asesor de UGT.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto,
según escrito introductorio presentado por la representación legal de los trabajadores de “Spain Rail, Sociedad Limitada”

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1.  Para las liquidaciones de las nóminas se adoptarán los siguientes compromisos:

a) Como prioritario el pago de la nómina se efectuará con las máximas garantías entre las fecha 1 y 5 de cada mes.

b) Si por alguna causa no se pudiera cumplir con este compromiso, se abonaría el importe del sueldo base de la nómina el día 1 y se complementaría la parte de producción antes del día 7.

c) En cuanto a la tercera parte de la paga extra de marzo, que está pendiente de cobro, se realizará el pago de la misma entre el 1 y el 5 de julio.

d) En próximas fechas el comité y la empresa negociarán la mejor forma de abonar la paga extra de junio.

2.  En el supuesto de que la empresa no pueda cumplir con los compromisos de pago establecidos en el punto 1, se reunirá con el comité de empresa para dar las explicaciones oportunas.

3.  En base al presente acuerdo, la representación legal de los trabajadores se compromete a no convocar la huelga prevista en el presente expediente.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes, sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las once cuarenta y cinco horas del día de hoy.—El Secretario suplente (firmado).

(03/30.019/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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