Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091008-0223

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 20 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 574 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eleuterio Gómez García, don Jesús Gómez García, don Luis Muñoz Gómez, don Abderrazak Lahrach Ikarkouren y don Mustapha Lahrach, contra la empresa “Pizarras y Solados, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 376 de 2009

En Madrid, a 10 de septiembre de 2009.—Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, seguidos a instancias de don Eleuterio Gómez García, don Jesús Gómez García, don Luis Muñoz Gómez, don Abderrazak Lahrach y don Mustapha Lahrach, contra la empresa “Pizarras y Solados, Sociedad Limitada”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, no comparecen, pese a estar citados en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Eleuterio Gómez García, don Jesús Gómez García, don Luis Muñoz Gómez, don Abderrazak Lahrach y don Mustapha Lahrach, contra la empresa “Pizarras y Solados, Sociedad Limitada”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma debo declarar y declaro improcedentes el despido de los actores de fecha 5 de marzo de 2009, condenando a la empresa demandada a que indemnice:

A don Eleuterio Gómez García, en la suma de 68.619,60 euros y 11.926,74 euros de salarios de tramitación.

A don Jesús Gómez García, en la suma de 39.548,25 euros y 10.998,18 euros de salarios de tramitación.

A don Luis Muñoz Gómez, en la suma de 64.915,20 euros y 11.282,88 euros de salarios de tramitación.

A don Abderrazak Lahrach, en la suma de 28.597,50 euros y 11.133,96 euros de salarios de tramitación.

A don Mustapha Lahrach, en la suma de 17.691,38 euros y 10.875,54 euros de salarios de tramitación.

Declarando con esta fecha extinguida la relación laboral de los actores, todo ello con la responsabilidad que en su caso y dentro de los límites legales corresponda al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2518 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pizarras y Solados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.262/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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