Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091005-0037
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C) Otras Disposiciones Consejería de Educación
En relación con el expediente de modificación de la autorización de la escuela infantil privada “Cucos”, con domicilio en la calle Peguerinos, número 3, de Las Rozas de Madrid, e intentada sin efecto en tres ocasiones la práctica de la notificación en el último domicilio conocido, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede publicar el texto íntegro de la Orden 2276/2009, de 18 de mayo, de la Consejera de Educación. ORDEN DE LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN POR LA QUE SE DECLARA CADUCADO EL PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE LA ESCUELA INFANTIL PRIVADA “CUCOS”, DE LAS ROZAS DE MADRID Visto el expediente instruido a instancia del representante de la titularidad de la escuela infantil privada denominada “Cucos”, solicitando modificación de la autorización, y teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero Con fecha de entrada 13 de agosto de 2007, la titularidad solicita modificación de la autorización del centro por ampliación de una unidad de primer ciclo de Educación Infantil, presentado los planos con la configuración definitiva del centro el 12 de mayo de 2008. Segundo Con fecha 9 de junio de 2008 se requirió a la titularidad la documentación necesaria para la tramitación del expediente. Tercero Con fecha 9 de octubre de 2008 se reitera la petición de dicha documentación necesaria, advirtiendo que transcurridos tres meses a partir de la recepción del mismo sin que el interesado realice las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias señaladas, se producirá la caducidad del expediente, archivándose las actua- ciones. Cuarto Practicada sin efecto la notificación anterior, por Resolución de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación de fecha 15 de diciembre de 2008 se pone en conocimiento de los interesados la advertencia de caducidad del expediente. Quinto Dicha Resolución fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de febrero de 2009 y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid. Sexto Hasta la fecha no se ha recibido en la Subdirección General de Enseñanza Privada y Concertada de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación comunicación alguna del promotor. A estos antecedentes le son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Resultan de aplicación al presente expediente las siguientes normas: — Los artículos 27.6 de la Constitución española y 29.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid; la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid. Decreto 118/2007, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación. — Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación; Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. — Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo. — Real Decreto 401/1979, de 13 de febrero, por el que se regulan las denominaciones y la publicidad de los centros docentes no estatales. — Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias. — Decreto 18/2008, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten primer ciclo de Educación Infantil en el ámbito de la Comunidad de Madrid. Segundo Procede la caducidad, al estar paralizado el expediente por espacio de tres meses, por causa imputable al interesado, con archivo de las actuaciones. Asimismo, la cuestión suscitada no afecta al interés general ni resulta conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento. Por cuanto antecede, DISPONGO Primero Declarar concluso el procedimiento de modificación de la autorización de la escuela infantil privada denominada “Cucos”, con domicilio en la calle Peguerinos, número 4, de Las Rozas de Madrid, por caducidad, archivándose las actuaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, puesto que el interesado no ha aportado correctamente la documentación necesaria para iniciar la tramitación del expediente de modificación de la autorización, trámite indispensable para dictar resolución. Segundo La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a la recepción de la presente Resolución, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez. (03/31.580/09) |

