Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090924-0177
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ALCOBENDAS URBANISMO La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 8 de septiembre de 2009, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo: «La Junta de Gobierno Local, en su sesión de 28 de julio de 2009, aprobó inicialmente el proyecto de reparcelación voluntaria del ámbito denominado “La Carrascosa”, en la zona Este de “La Moraleja”, presentado por las sociedades “Ibérica de Maderas y Aglomerados, Sociedad Anónima”, y “Mirador de la Carrascosa, Sociedad Limitada”, y cuyo objeto consiste en la reconfiguración física y jurídica de las parcelas incluidas en dicho ámbito, en el marco de lo previsto en el artículo 86 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en los artículos 71 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística de 1978. Sometido el expediente a información pública por plazo de veinte días, con notificación individualizada a los interesados, no se ha formulado ninguna alegación. En cuanto al contenido del proyecto, se ha comprobado por los servicios municipales que se ha cumplido la condición impuesta en el acuerdo de aprobación inicial adoptado por esta Junta de Gobierno Local, en su sesión de fecha 28 de julio de 2009, y, en consecuencia, se recoge expresamente como carga vinculada a cada una de las parcelas lucrativas adjudicadas a los propietarios la obligación de cesión gratuita en los términos establecidos en dicho acuerdo. Considerado lo anterior, es por lo que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 88 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, y en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y 61.4 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, esta Junta de Gobierno Local acuerda: Primero.—Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación voluntaria del ámbito denominado “La Carrascosa”, en la zona Este de “La Moraleja”, presentado por las sociedades “Ibérica de Maderas y Aglomerados, Sociedad Anónima”, y “Mirador de la Carrascosa, Sociedad Limitada”, y cuyo objeto consiste en la reconfiguración física y jurídica de las parcelas incluidas en dicho ámbito, en el marco de lo previsto en el artículo 86 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en los artículos 71 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística de 1978. Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, así como efectuar la publicación por medios telemáticos a la que se refiere el artículo 70 ter de la Ley de Bases de Régimen Local, con notificación individual a las sociedades proponentes. 3. Formalizar la reparcelación aprobada mediante certificación administrativa, expedida según lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de junio, que servirá de título formal para la inscripción en el Registro, así como para aclarar, complementar y subsanar los defectos documentales que, en su caso, se deriven de la calificación registral. 4. Facultar al primer teniente de alcalde para que suscriba cuantos documentos sean necesarios, en su caso, para hacer efectivo el presente acuerdo, y, en concreto, las certificaciones a las que se refiere el apartado anterior». Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en los artículos 66 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y 124 del texto refundido de la Ley del Suelo de 1992, significando que, contra ese acuerdo, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y ante el mismo órgano administrativo autor de la resolución, o bien, para el supuesto de no interposición del recurso anterior, podrá acudirse directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto en el boletín oficial indicado. Alcobendas, a 11 de septiembre de 2009.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui. (02/10.651/09) |

