Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-08-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090806-0047

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

GUADARRAMA

URBANISMO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Guadarrama, en sesión celebrada el día 10 de julio de 2009, acordó:

Modificación puntual no sustancial de las Normas Subsidiarias, relativa al cambio de calificación de una parcela sita en la calle de los Escoriales, número 5.

Primero.—Aprobar inicialmente la modificación puntual no sustancial de las Normas Subsidiarias relativa al cambio de calificación de una parcela sita en la calle de los Escoriales, número 5, de conformidad con el informe emitido por el arquitecto municipal con fecha 24 de junio de 2009.

Segundo.—Tramitar la modificación puntual reseñada a la luz de los artículos 2 del Decreto 92/2008, de 10 de julio, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento urbanístico, y 58.f) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Someter la modificación a información pública y alegaciones por el plazo de un mes, con las condiciones establecidas en el artículo 56 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, así como la inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor difusión.

Cuarto.—Solicitar informe de la Dirección General de Evaluación Ambiental por razón de la posible afección de los intereses públicos por ella gestionados. Dicho informe deberá emitirse en el mismo plazo que la información pública (un mes). Si no se emitiera en dicho plazo se entenderá favorable a la tramitación de la modificación.

En Guadarrama, a 21 de julio de 2009.—El concejal-delegado, decreto de delegación de 11 de agosto de 2008 (firmado).

(03/26.628/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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