Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 2.110.40.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090727-0015
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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Delegación de Economía y Hacienda de Madrid BO.UI.6/09 Por la presente se notifica al contribuyente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre), al no haber podido realizarse la notificación en el domicilio que figura en los documentos existentes en esta Delegación. Por lo que se hace saber: En relación con la solicitud de aplazamiento/fraccionamiento de pago de la deuda indicada, a nombre de “Ref. Integ. Construc. Madrid, Sociedad Limitada”, con CIF B-84936657, se le requiere para que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, aporte en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al recibo de esta notificación, los datos y/o documentos que se indican expresamente señalados a continuación: — Nombre y apellidos o razón social. — Fotocopia del código de identificación fiscal (CIF). — Fotocopia del documento nacional de identidad de quien firma la solicitud de aplazamiento. — Un teléfono de contacto. Garantías A) Si la garantía ofrecida consiste en aval de entidad de crédito, sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución. — Compromiso de aval solidario de entidad de crédito, ajustado al modelo de aval que se le facilitará en esta Delegación de Economía y Hacienda en la calle Guzmán el Bueno, número 139, tercera planta, despacho 323. — A este efecto deberá acompañar fotocopia del poder de las personas que suscriben el aval en representación de la entidad financiera. — Para estar exentos de la aportación de aval deberán efectuar un ingreso parcial para que la deuda no exceda de 6.000 euros, liquidándose, si procede, los intereses de demora correspondientes. La falta de aportación de la anterior documentación en el plazo de diez días, contados a partir de la notificación de este requerimiento, que deberá remitirse a la Delegación de Economía y Hacienda, calle Guzmán el Bueno, número 139, tercera planta, despacho 323, 28071 Madrid, determinará tenerle por no presentada su solicitud, archivándose la misma sin más trámite, lo que conllevaría exigir dicha deuda por la vía de apremio mediante la notificación de la oportuna providencia de apremio, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 46.6 del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. Concepto: multas y sanciones no tributarias. Referencia contable: 00028-2009-0-003877-7. Fecha plazo para el pago en período voluntario: 5 de mayo de 2009. Importe: 6.001 euros. Madrid, a 7 de julio de 2009.—El delegado de Economía y Hacienda, Álvaro Guinea Rodríguez. (02/8.509/09) |

