Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-07-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090720-0279

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MAJADAHONDA

OFERTAS DE EMPLEO

En la junta de Gobierno Local de fecha 8 de junio de 2009 se han aprobado las siguientes modificaciones a las bases generales de convocatoria para la provisión de plazas de ordenanza de este Ayuntamiento, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 13 de mayo de 2008:

a) La base primera que lleva por título “Objetivo de la convocatoria”, se sustituye por la que sigue:

“1. Objeto de la convocatoria:

Es objeto de estas bases regular la convocatoria para la cobertura de plazas de ordenanza, en régimen funcionarial, encuadradas en la escala de Administración General, subescala Subalterna, grupo E, vacantes en la plantilla del Ayuntamiento de Majadahonda.

En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en las bases generales de convocatoria de pruebas selectivas para la provisión de plazas de personal funcionario en el Ayuntamiento de Majadahonda, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 121, de fecha 23 de mayo de 2002”.

b) Se elimina la base octaba.

c) En la base sexta, donde dice:

“Presidente: el director de Recursos Humanos de la Corporación.

Secretario: el designado por la Corporación.

Dos vocales: designados por la Corporación.

Un representante de la Comunidad de Madrid.”

Debe decir:

“Presidente: el designado por la Corporación.

Secretario: el designado por la Corporación.

Tres vocales: designados por la Corporación.”

Lo que se hace público para general conocimiento.

Majadahonda, a 18 de junio de 2009.—El alcalde-presidente, Narciso de Foxá Alfaro.

(02/7.875/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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