Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090630-0162
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Lauro Arellano Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 6 de Las Palmas de Gran Canaria. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 613 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Luisa Dámaso Ramírez, contra “Limpiezas Camacho, Sociedad Anónima”, sobre vacaciones, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de junio de 2009.—Dada cuenta; por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el libro de su razón; y… Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación dispongo: Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por doña Luisa Dámaso Ramírez, contra “Limpiezas Camacho, Sociedad Anónima”, sobre vacaciones. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación, si procediera, y, en su caso, de juicio, para lo cual se señala el día 15 de julio de 2009, a las once horas, haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de pruebas de que intenten valerse, no suspendiéndose el juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso se le tendrá en rebeldía, sin necesidad de previa declaración, y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del juzgador motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosí: se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora. Se tiene por propuesta la testifical, y procédase a la citación de los testigos si hubiera sido interesada, quedando en caso contrario encargada la actora de su personación. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 6. Doy fe.—Ante mí (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación en legal forma a “Limpiezas Camacho, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de junio de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/21.015/09) |

