Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090625-0074
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V. OTROS ANUNCIOS Junta de Compensación del S-5 “Industrial Oeste” Se inserta el presente edicto para hacer constar que la Junta de Compensación del Sector 5 “Industrial Oeste”, de Pinto, ante la imposibilidad de llevar a cabo las oportunas notificaciones en el domicilio señalado por la junta compensante, después de haber efectuado dos intentos al efecto, procede, conforme señala el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que dichas notificaciones surtan sus correspondientes efectos. Tras la aprobación del Proyecto de Reparcelación del Sector, y en virtud de las superficies definitivas aprobadas en este, resulta un saldo deudor a cargo de doña Soledad Fernández Bermejo por el siguiente importe: A doña María Soledad Fernández Bermejo le corresponde una cuota de participación definitiva del 3,8526 por 100. A abonar por razón de la tercera derrama de 2008 y primera derrama de 2009: 74.605,74 euros (IVA incluido). Lugar y forma de pago: El ingreso se realizará en el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio, en virtud de lo señalado en el artículo 35.2 de los Estatutos de la Junta de Compensación. El pago deberá efectuarse en la siguiente cuenta corriente de la Junta de Compensación: “Caja Madrid”, número 2038-2210-52-6000312390. La falta de ingreso en dicho período legitimará al Consejo de Administración para proceder al requerimiento de la cuantía adeudada incrementada con el recargo equivalente al interés legal anual más el 50 por 100 de ese interés legal anual, de la cantidad o fracción no abonada, tal y como se establece en el citado artículo 35.2 de los Estatutos. Recursos: Contra la presente liquidación puede interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, ante el Ayuntamiento de Pinto, conforme al artículo 38.2 de los Estatutos de la Junta de Compensación, y al artículo 108 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. La presentación de este recurso no suspende el período de ingreso de la deuda, salvo que se presten las garantías que el Consejo de Administración considere suficientes. En Pinto, a 17 de junio de 2009.—El presidente de la Junta de Compensación S-5 “Industrial Oeste” de Pinto (firmado). (02/7.726/09) |

