Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090623-0307
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D) Anuncios Consejería de Economía y Hacienda
ANTECEDENTES DE HECHO Primero Con fecha 16 de febrero de 2007 se otorgó, mediante dos Resoluciones de la Dirección General de Industria, Energía y Minas al Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, la designación como organismo de control metrológico para la ejecución del procedimiento de evaluación de conformidad denominado módulo F (declaración de conformidad con el modelo basada en la verificación del producto), de los siguientes instrumentos sometidos a control metrológico del Estado: — Manómetros dotados, total o parcialmente, de componentes electrónicos, provistos o no de dispositivos de predeterminación, destinados a medir la presión de los neumáticos de los vehículos a motor, regulados en la Orden ITC/3700/2006, de 22 de noviembre. — Instrumentos destinados a medir la opacidad y determinar el coeficiente de absorción luminosa de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por compresión (diésel), regulados en la Orden ITC/3749/2006, de 22 de noviembre. Segundo En dichas Resoluciones se establecía que la designación estaba supeditada a que dicho organismo se sometiera y superara el procedimiento de evaluación de competencia técnica establecido en la Resolución de 20 de noviembre de 2006, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2006, de 3 de octubre, para la designación y control de los organismos notificados y de los organismos de control metrológico, antes del 31 de diciembre de 2008. Tercero Habiéndose superado la fecha estipulada para cumplir los requisitos anteriormente mencionados, don José Manuel López Mejías, en nombre y representación del Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, con domicilio en calle Valentín Beato, número 16, 28006 Madrid, presenta ante esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, con fecha de registro de entrada 19 de diciembre de 2008, solicitud para la obtención de una prórroga del plazo establecido en el punto segundo anterior. Cuarto Durante el período de designación, el organismo de control metrológico ha cumplido con diligencia todas las tareas a él encomendadas, dando sobradas muestras de capacidad técnica y humana para actuar dentro del campo de la metrología legal. Quinto Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas considera que en la tramitación del expediente se han cumplido los trámites reglamentarios. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Es competente esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio y el Decreto 25/2009, de 18 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda. Segundo La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, por el que se modifica la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, y se establece el control metrológico CEE, la Directiva 2004/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, relativa a los instrumentos de medida, transpuesta al derecho interno por el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado y la Resolución de 20 de noviembre de 2006, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2006, de 3 de octubre, para la designación y control de los organismos notificados y de los organismos de control metrológico. Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas RESUELVE Primero Ampliar el plazo de designación provisional concedido en el punto tercero de las Resoluciones de 16 de febrero de 2007, mencionadas en el punto primero de los antecedentes de hecho de la presente Resolución, hasta el 30 de octubre de 2009. Segundo La presente Resolución tendrá efectos desde el 31 de diciembre de 2008. Tercero Continúan vigentes el resto de prescripciones recogidas en las citadas Resoluciones de 16 de febrero de 2007. Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Madrid, a 13 de abril de 2009.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno. (02/6.620/09) |

