Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-03-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090328-0091

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 2
DE COLMENAR VIEJO

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal número 191 de 2008, sobre juicio verbal, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Colmenar Viejo, a 24 de febrero de 2009.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora Sánchez Oliva, en nombre y representación de “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, contra “TCP Gimnasios, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro resuelto el contrato de suministro de gas suscrito entre la entidad actora y la demandada (póliza 1.595.225), y debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 1.240,33 euros, más los intereses moratorios desde la fecha de interposición de la presente demanda; todo ello con expresa imposición a la demandada de las costas causadas en la instancia.

Asimismo, se establece la obligación de la demandada de facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora, bajo apercibimiento de que en caso contrario se procederá conforme a derecho.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse en el plazo de cinco días a contar desde el día siguiente a su notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de T.C.P. Gimnasios, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Colmenar Viejo, a 25 de febrero de 2009.—El secretario (firmado).

(02/3.386/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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