Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-03-2009

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090311-0003

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Universidad Complutense de Madrid

831 RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2009, del Rector, por la que se rectifica la Resolución de 30 de diciembre de 2008, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos de investigación en el marco del Programa de Creación y Consolidación de Grupos de Investigación para el año 2008.

Advertido error en la distribución por conceptos de las concesiones publicadas mediante Resolución de 30 de diciembre de 2008, del Rector de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos de investigación en el marco del Programa de Creación y Consolidación de Grupos de Investigación para el año 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 37, de 13 de febrero de 2009), puesto que el artículo quinto, “Conceptos susceptibles de ayuda”, establece en su punto 5.1.a) “Material inventariable: Se incluyen todos los gastos de inversión en equipamiento científico-técnico por valor superior a 6.000 euros”.

En el uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Primero

Rectificar los errores advertidos en el Anexo I de la Resolución de 30 de diciembre de 2008, del Rector de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se resuelve la convocatoria del año 2008 de ayudas para la realización de proyectos de investigación en el marco del Programa de Creación y Consolidación de Grupos de Investigación, resultando la concesión definitiva como se recoge en el Anexo a esta Resolución.

Segundo

Disponer la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el “Boletín Oficial de la Universidad Complutense de Madrid”, así como la notificación individual a los interesados.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación. No obstante, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad Complutense de Madrid, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Madrid, a 13 de febrero de 2009.—El Rector, PD (Decreto Rectoral 52/2007, de 2 de julio; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de julio), Carmen Acebal Sarabia.

ANEXO

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CONCEDIDOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE CREACIÓN 
Y CONSOLIDACIÓN DE GRUPOS DE INVESTIGACIÓN (PR53/08)

Modalidad A

Modalidad B

Modalidad C

Desierta.

(03/6.432/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090311-0003