Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090218-0212
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS FUENLABRADA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO El Pleno municipal de Fuenlabrada (Madrid), reunido en sesión extraordinaria de fecha 23 de enero de 2009, ha aprobado lo siguiente: Punto 4.0. Alcaldía-Presidencia. Adecuación de los beneficios sociales de los funcionarios de empleo eventual con los de los miembros de la Corporación. Informe relativo a la adecuación de los beneficios sociales del personal funcionario de empleo eventual de nuestra entidad a los de los miembros de la Corporación municipal. Tal y como se aprobó en el Pleno de 29 de junio de 2007, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en lo referente a la determinación del marco retributivo global de los miembros de la Corporación municipal en la presente legislatura (2007-2011), procede la asimilación al personal funcionario de empleo eventual de nuestra entidad la asimilación de los beneficios sociales ahí descritos a pesar de que, hasta la fecha, esto no se haya producido. En concreto, consideramos que deben aprobarse las condiciones descritas en el mencionado acuerdo plenario en lo relativo al Plan de Jubilación, actualización del IPC de las condiciones retributivas, el régimen indemnizatorio, así como el seguro de vida. El presente acuerdo debía haberse suscrito en la misma fecha que el realizado para los miembros de la Corporación, por lo que se entiende que el presente acuerdo debe tener efectos desde la aprobación de aquel (29 de junio de 2007). Así pues, en base a todo lo expuesto con anterioridad, entiende quien suscribe que es preceptivo la adopción de los siguientes acuerdos: Primero.—Aprobar para el personal funcionario de empleo eventual las condiciones descritas aprobadas para los miembros de la Corporación en el Pleno de 29 de junio de 2007 en lo relativo a Plan de Jubilación, actualización del IPC de las condiciones retributivas, el régimen indemnizatorio así como el seguro de vida. Segundo.—Hacer efectivo lo propuesto en el punto anterior desde el 29 de junio de 2007 hasta el fin de la presente legislatura. El Ayuntamiento Pleno aprobó este punto del presente orden del día por mayoría de votos favorables de la Corporación. En Fuenlabrada, a 12 de febrero de 2009.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado. (03/4.910/09) |

