Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-02-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090211-0208

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

Con el fin de dar a conocer el calendario de cobro de los impuestos municipales de carácter periódico del presente año y facilitar, en consecuencia, la planificación de los ingresos y el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, y estudiado el informe del coordinador del Departamento de Rentas, de fecha 13 de enero de 2009.

Resultando que, tras la aprobación del Plan de Saneamiento los calendarios de cobro de los años 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008 han recogido el fraccionamiento, con carácter general, del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, en un esfuerzo de armonizar la tesorería municipal y facilitar el pago de los contribuyentes.

Resultando que este año vuelve a mantenerse el fraccionamiento con carácter general del padrón del IBI de naturaleza urbana en dos plazos y, que el resto de períodos de cobro son idénticos a los del año 2008, salvo la adecuación de días hábiles de cobranza.

Considerando el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el artículo 29 de la actual ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de los tributos y otros ingresos de derecho público, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 21 de diciembre de 2006, vengo en decretar:

Primero.—La aprobación del calendario de cobro, a continuación relacionado, de los tributos municipales de carácter periódico del año 2009:

Segundo.—La inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo manda y firma el alcalde-presidente, en Alcorcón a 19 de enero de 2009. De lo que doy fe, la titular de la Oficina de Apoyo a la JGL, Gloria Rodríguez Marcos.—El alcalde, Enrique Cascallana Gallastegui.

(02/1.218/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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