Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-02-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090206-0208

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE ORENSE

EDICTO

En autos número 625 de 2008 que se tramitan en este Juzgado a instancias de don Julio Damota Núñez, contra la empresa “Nortsur Montajes Generales de Electricidad y Aire Acondicionado, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se dictó por el ilustrísimo señor don Francisco Javier Blanco Mosquera, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de los de Ourense, sentencia de fecha 1 de diciembre de 2008, que en su parte dispositiva dice:

Que estimando en parte la demanda formulada por don Julio Damota Núñez, contra la empresa “Nortsur Montajes Generales de Electricidad y Aire Acondicionado, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, declarando extinguida la relación laboral que unía a las partes y condenar a la empresa demandada a que le abone una indemnización de 9.762,60 euros y los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de esta sentencia, pero pudiendo descontar las cantidades percibidas por el actor en la empresa “Global Perfect System, Sociedad Limitada”, en período concurrente.

Y con advertencia a las demandadas de que en caso de recurso deberán presentar ante este Juzgado de lo social certificación acreditativa de haber ingresado en la cuenta 3223000065047062508, abierta por esta Juzgado de lo social en el “Banco Banesto”, oficina principal, la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, y asimismo certificación acreditativa de haber ingresado en la cuenta “Recursos de suplicación”, abierta por este Juzgado de lo social en el “Banco Banesto”, oficina principal, el depósito especial de 150,25 euros.

Y para que así conste y sirva de notificación la anterior sentencia a la empresa “Nortsur Montajes Generales de Electricidad y Aire Acondicionado” que se halla en ignorado paradero, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, se expide el presente en Ourense, a 23 de diciembre de 2008.—La secretaria, María Elsa Méndez Díaz.

(03/2.601/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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