Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090119-0017
Páginas: 0
|
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS GRIÑÓN URBANISMO Por el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el 4 de diciembre de 2008, se aprobó la estimación de la iniciativa para la aplicación y definición del sistema de compensación formulada sobre el denominado UE-32, según la nomenclatura de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Griñón, la parte resolutiva del mencionado acuerdo, es la siguiente: Primero.—Estimar, por parte del Pleno de la Corporación, la iniciativa para la aplicación y definición del sistema de compensación formulada sobre el denominado UE-32, según la nomenclatura de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Griñón, por parte de “Dabocons Proyectos, Sociedad Limitada”, que presenta más del 50 por 100 de los terrenos adscritos al ámbito. Segundo.—Notificar la presente resolución a los interesados personados en el expediente, a todos los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito no incorporados a la iniciativa y a aquellos afectados directamente por la actuación. Tercero.—Instar la aprobación del resto de instrumentos que componen la iniciativa, de conformidad con lo dispuesto por el número 2 del artículo 107 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Cuarto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Quinto.—Facultar al señor alcalde-presidente de la Corporación para la ejecución del presente acuerdo. Sexto.—Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos o cualquier otro que se considere ajustado a derecho: a) Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado este acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al recibo de la notificación de la presente resolución. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al recibo de la presente notificación o de la desestimación presunta del recurso potestativo de reposición. Griñón, a 12 de diciembre de 2008.—El alcalde-presidente, José Ramón Navarro Blanco. (02/16.624/08) |

