Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-10-2009

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091019-0182

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En las actuaciones número 839 de 2009 seguidas ante la Sección Tercera de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos recurso de suplicación número 730 de 2008 del Juzgado de lo social número 30 de Madrid, promovidos por “Ábside Construcción y Rehabilitación, Sociedad Limitada”, contra don José María García Manjón, “Mercosa Encofrados, Sociedad Limitada”, “Mutua Fimac”, Tesorería General de la Seguridad Social e Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre materias de Seguridad Social, con fecha 15 de junio de 2009 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por el letrado don Antonio de la Fuente García, en nombre y representación de “Ábside Construcción y Rehabilitación, Sociedad Limitada”, contra la sentencia de fecha 3 de diciembre de 2008 dictada por el Juzgado de lo social número 30 de Madrid, en sus autos número 730 de 2008, seguidos a instancias de “Ábside Construcción y Rehabilitación, Sociedad Limitada”, frente a don José María García Manjón, “Mercosa Encofrados, Sociedad Limitada”, “Mutua Fimac”, Tesorería General de la Seguridad Social e Instituto Nacional de la Seguridad Social, en reclamación por accidente de trabajo, invalidez total y recargo de prestaciones, y, en consecuencia, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia. Procede hacer declaración de condena en costas con abono por la parte recurrente al letrado que ha impugnado su recurso de la cantidad de 400 euros en concepto de honorarios.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a “Mercosa Encofrados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 18 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/31.901/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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