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    <titulo>– Rascafría. Organización y funcionamiento. Reglamento</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE RASCAFRÍA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
77Rascafría. Organización y funcionamiento. Reglamento
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de junio de 2026, acordó por unanimidad la aprobación inicial de la ordenanza reguladora del suministro eléctrico de postes de recarga de vehículos eléctricos del Ayuntamiento de Rascafría.
De conformidad con el artículo 49.b la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público dicho acuerdo en el tablón de anuncios y en la página web oficial de este Ayuntamiento www.rascafria.org , durante treinta días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales, los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Esta ordenanza se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Rascafría, a 30 de septiembre de 2026..El alcalde-presidente, Óscar Joaquín Robles Hernández.
(03/15.823/26)</texto>
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