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    <identificador>BOCM-20261008-34</identificador>
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    <departamento>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2026/10/08</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/09/28</fecha_disposicion>
    <titulo>Listado variedades viñedo
– Resolución de 28 de septiembre de 2026, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establece el listado de variedades de viñedo autorizadas en la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
34RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2026, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establece el listado de variedades de viñedo autorizadas en la Comunidad de Madrid.
El Reglamento (UE) número 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) número 922/1972, (CEE) número 234/1979, (CE) número 1037/2001 y (CE) número 1234/2007, establece un nuevo sistema para la gestión de plantaciones de viñedo a nivel de la UE basado en autorizaciones.
Para la aplicación en España de la citada normativa, se dicta el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
De acuerdo al artículo 33 del Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, las comunidades autónomas serán las responsables de clasificar en su ámbito territorial las variedades del género Vitis destinadas a la producción de uva de vinificación y a la obtención de material de producción vegetativa de la vid, debiendo para ello cumplir con lo establecido en los artículos 30, 30 bis, 31 y 32 del mencionado Real Decreto.
Teniendo en cuenta las variedades autorizadas en la Comunidad de Madrid, según Anexo XXI del citado Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre y la “Solicitud de inclusión de las variedades del género Vitis Mazuela y Alarije como variedades de vinificación autorizadas en la Comunidad de Madrid”, de fecha 9 de septiembre de 2026, comunicada al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en la que se incluía la correspondiente “Certificación de cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 33 del Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, para la inclusión de las variedades del género Vitis Mazuelo y Alarije como variedades de vinificación autorizadas en la Comunidad de Madrid”, el “Informe justificativo sobre comportamiento para su incorporación de variedades de vid en la DOP Vinos de Madrid: Castellana Blanca, Garnacha Blanca, Tempranillo Blanco, Morate y Listán Prieto”, y el “Informe justificativo sobre inclusión de la variedad Alarije en la DOP Vinos de Madrid” procede dictar la presente Resolución, en aplicación al citado artículo 33 del Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, para establecer el listado de variedades de viñedo autorizadas en la Comunidad de Madrid.
Es competencia de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación las competencias en el registro, ordenación y el control del potencial vitícola de la Comunidad de Madrid, así como en las declaraciones del sector vitivinícola, según artículo 12.2.c) del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en su virtud,
RESUELVO
Primero
Variedades de viñedo autorizadas en la Comunidad de Madrid
Establecer el listado de variedades de viñedo autorizadas en la Comunidad de Madrid.
Dicho listado es el siguiente: 
Variedades autorizadas: 
Airén (Blanca).
Albillo Real (Blanca).
Cabernet Sauvignon (Tinta).
Garnacha Tinta (Tinta).
Garnacha Tintorera, Negral (Tinta).
Graciano (Tinta).
Macabeo, Viura (Blanca).
Malvar (Blanca).
Merlot (Tinta).
Monastrell (Tinta).
Moscatel de Grano Menudo (Blanca).
Pardina, Jaén Blanco (Blanca).
Parellada (Blanca).
Petit Verdot (Tinta).
Sauvignon Blanc (Blanca).
Syrah (Tinta).
Tempranillo, Cencibel, Tinto Fino (Tinta).
Torrontés (Blanca).
Garnacha Blanca (Blanca).
Listán Prieto (Tinta) .
Mazuela, Mazuelo (Tinta).
Alarije (Blanca).
Segunda
Eficacia
La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 28 de septiembre de 2026..El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ángel de Oteo Mancebo.
(03/15.798/26)</texto>
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