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    <titulo>. Cabanillas de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
43Cabanillas de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza
El Pleno del Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, en sesión celebrada el día 21 de julio de 2026, acordó aprobar provisionalmente la modificación integral de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el acuerdo provisional y el expediente se someten a información pública durante el plazo de treinta días, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Durante dicho plazo, las personas interesadas podrán examinar el expediente en las dependencias municipales y a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, así como presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
En caso de que durante el referido período de información pública no se presenten reclamaciones, el acuerdo provisional se entenderá definitivamente adoptado, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, de conformidad con el artículo 17.3 del citado texto refundido.
En Cabanillas de la Sierra, a 18 de septiembre de 2026..El alcalde-presidente, Fernando Tárraga Enamorado.
(03/15.154/26)</texto>
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