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    <titulo>. Brunete. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BRUNETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
66Brunete. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
En cumplimiento de los dispuesto en los artículos 43, 44, 112 y 114 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se hace público para general conocimiento que la alcaldesa-presidente del Ayuntamiento de Brunete ha dictado decreto de 9 de junio de 2026, que se transcribe literalmente a continuación,
DECRETO DE ALCALDÍA
Visto que corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo alcalde.
Visto que la Sra. alcaldesa tiene previsto ausentarse del municipio desde el 15 de junio a partir de las 16:00 horas hasta el 20 de junio de 2026.
Por todo ello en virtud de los dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de la Bases de Régimen Local y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
RESUELVO
Primero..Delegar en D. Eduardo Recio Álvarez, primer teniente de alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, desde el 15 de junio a partir de las 16:00 horas hasta el 20 de junio de 2026.
Segundo..Comunicar el contenido del presente decreto al primer teniente de alcalde, D. Eduardo Recio Álvarez, a los efectos de su aceptación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre; surtiendo efectos este decreto desde el día siguiente a su adopción.
Tercero..Publicar el contenido del presente decreto en el tablón de edictos de la corporación y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Cuarto..Dar cuenta al Pleno de la presente resolución, al amparo de lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de Brunete.
Brunete, a 10 de junio de 2026..La alcaldesa-presidenta, María del Mar Nicolás Robledano.
(03/9.712/26)</texto>
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