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    <titulo>– Torres de la Alameda. Organización y funcionamiento. Plan ordenación recursos humanos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
76Torres de la Alameda. Organización y funcionamiento. Plan ordenación recursos humanos
Habiendo concluido la aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Humanos, se eleva a definitivo el Acuerdo del Pleno de 4 de junio de 2026.














































Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Torres de la Alameda, a 1 de julio de 2026..El alcalde, José Antonio Blanco Heras.
(03/11.008/26)</texto>
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