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    <titulo>– Arroyomolinos. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS
OFERTAS DE EMPLEO
58Arroyomolinos. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
Por resolución de la concejala-delegada de Personal, Seguridad Ciudadana y Protección Civil, número 1710/2026, de 28 de abril de 2026, se resuelve aprobar la modificación de las bases específicas de la convocatoria para proveer una plaza de Técnico/a de Administración General (Recursos Humanos), tal como sigue:
«Primero..Modificar las bases de la convocatoria aprobadas por Decreto 1327/2026, de 8 de abril, para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Técnico/a de Administración General (Recursos Humanos), incorporando en la base quinta. Solicitudes, un nuevo apartado con la siguiente redacción:
“Tasa por derechos de examen.
Para participar en el proceso selectivo será obligatorio el abono de la tasa por derechos de examen, de conformidad con lo dispuesto en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de Arroyomolinos, vigente en el momento de presentación de la solicitud.
El importe de la tasa será el establecido en dicha ordenanza para los procesos selectivos de acceso a plazas del Subgrupo A1.
El pago de la tasa se realizará en la forma y por los medios previstos en la normativa municipal, debiendo aportarse el justificante acreditativo de su abono junto con la solicitud de participación o, en su caso, dentro del plazo de subsanación que se conceda.
La falta de aportación inicial del justificante de pago, o en su caso de la documentación acreditativa de la exención o bonificación, será subsanable en el plazo que se confiera al efecto, en los términos establecidos en la presente resolución”.
Segundo..Otorgar un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación, a aquellas personas que ya hubieran presentado solicitud y no hubieran acreditado el abono de la tasa por derechos de examen puedan subsanar dicha omisión, o acreditar, en su caso, la concurrencia de una causa de exención o bonificación prevista en la ordenanza fiscal.
Tercero..Advertir expresamente que la falta de abono de la tasa, o de acreditación de la exención o bonificación correspondiente, dentro del plazo concedido al efecto, determinará la exclusión del proceso selectivo en los términos que resulten de aplicación conforme a las bases y a la normativa vigente.
Cuarto..Declarar que el resto del contenido de las bases aprobadas por Decreto 1327/2026, de 8 de abril, permanece íntegramente vigente y sin modificación.
Quinto..Ordenar la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la sede electrónica municipal y en la página web municipal, a los efectos de general conocimiento».
La resolución se encontrará expuesta íntegramente en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Arroyomolinos, así como en la página web municipal: www.ayto-arroyomolinos.org/personal .
Arroyomolinos, a 28 de abril de 2026..La concejala-delegada de Personal, Seguridad Ciudadana y Protección Civil, María de las Nieves Pavón Hernández.
(01/6.735/26)</texto>
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