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    <titulo>– Colmenar Viejo. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>COLMENAR VIEJO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
62Colmenar Viejo. Régimen económico. Padrones fiscales
Se hace público para general conocimiento, que mediante decreto de la Primera Tenencia de Alcaldía número 1211/2026, número 1791/2026 y número 1835/2026 de fecha 26/2/2026 y 20/3/2026, respectivamente, han sido aprobados los padrones fiscales del impuesto sobre impuesto sobre gastos suntuarios (aprovechamiento de cotos privados de caza), vehículos de tracción mecánica y tasa por entrada de vehículos a través de aceras...  (vados), correspondientes al período impositivo 2026.
Dichos padrones quedan expuestos al público en el Departamento de Tesorería del Ayuntamiento (Gestión Tributaria) por plazo de quince días, contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Los interesados legítimos podrán examinarlos y, en su caso, interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Colmenar Viejo, a 9 de abril de 2026..La primera teniente de alcalde, Belén Colmenarejo Collado.
(01/5.483/26)</texto>
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