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    <titulo>. Fuenlabrada. Régimen económico. Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada. Padrón fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada
90Fuenlabrada. Régimen económico. Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada. Padrón fiscal
1.  Por Resolución n.o 1742/2026, de la directora-gerente de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, de fecha 26 de marzo de 2026, se aprueba el padrón fiscal correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del ejercicio 2026.
Específicamente, en cuanto al contenido de este anuncio de exposición, se da publicidad de la siguiente información:
De conformidad con lo previsto en el artículo 8.4 de la Ordenanza Fiscal n.o 1 del Ayuntamiento de Fuenlabrada reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, los umbrales a tener en cuenta en el presente ejercicio para los bienes de naturaleza urbana, para la aplicación del tipo de gravamen diferenciado (1,23 %), en virtud de lo dispuesto en el artículo 72.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, son los que se indican a continuación:

2.  Por Resolución n.o 1741/2026, de la directora-gerente de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, de fecha 26 de marzo de 2026, se aprueba el padrón fiscal correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del ejercicio 2026.
3.  Por Resolución n.o 1740/2026, de la directora-gerente de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, de fecha 26 de marzo de 2026, se aprueba el padrón fiscal correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales del ejercicio 2026.
Se pone en conocimiento de los respectivos obligados tributarios, que los Padrones estarán expuestos al público para su examen en la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, sita en la Plaza de la Constitución, n.o 1, de Fuenlabrada, durante el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra el presente anuncio se podrá interponer recurso potestativo de reposición, previo a la reclamación económico-administrativa, ante la Gerencia de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico Administrativo de Fuenlabrada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago.
Fuenlabrada, a 27 de marzo de 2026..La directora-gerente de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, Helena Matoses Córdoba.
(01/4.931/26)</texto>
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