<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20260409-103</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2026/04/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Paracuellos de Jarama. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>15</pagina_inicial>
    <pagina_final>15</pagina_final>
    <diario_numero>83</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20260409-103</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/04/09/BOCM-20260409-103.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/04/09/BOCM-20260409-103.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/04/09/BOCM-20260409-103.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/04/09/BOCM-20260409-103.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PARACUELLOS DE JARAMA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
103Paracuellos de Jarama. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En la Intervención de este Ayuntamiento y conforme dispone el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones el expediente de modificación de crédito número 2/2026 en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con cargo a bajas por anulación (minoración), aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de marzo de 2026.
Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido antes citado y por los motivos taxativamente enumerados en el apartado 2 de dicho artículo, podrán presentar reclamaciones, con sujeción a los siguientes trámites:
a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles, a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de presentación: Registro General.
c)	Organismo ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
Paracuellos de Jarama, a 26 de marzo de 2026..El alcalde, Jesús Muñoz Muñoz.
(03/4.843/26)</texto>
</documento>