<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20260331-80</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2026/03/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>. Morata de Tajuña. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>76</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20260331-80</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/03/31/BOCM-20260331-80.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/03/31/BOCM-20260331-80.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/03/31/BOCM-20260331-80.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/03/31/BOCM-20260331-80.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
80Morata de Tajuña. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
El Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de febrero de 2026, adoptó acuerdo por el que se aprueba el régimen de dedicación y retribuciones de los miembros del Equipo de Gobierno, lo que se hace público para general conocimiento según se detalla a continuación:
Primero..Determinar que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y, por tanto, con derecho a retribución en las cuantías que a continuación se expresan, siendo las retribuciones brutas anuales, pagaderas en catorce mensualidades, los cargos siguientes:
.	Alcaldesa: Gloria de la Torre Martínez, 45.000 euros brutos anuales.
.	Concejal de Coordinación General y Concejal de Hacienda, Economía, Urbanismo, Obras y Contratación: Raúl García Carretero, 45.000 euros brutos anuales.
Segundo..Determinar que podrán desempeñarse en régimen de dedicación parcial y, por tanto, con derecho a retribución en las cuantías que a continuación se expresan, siendo las retribuciones brutas anuales, pagaderas en catorce mensualidades, los cargos siguientes:
.	Concejal de Juventud, Deportes, Comercio y Consumo, Protocolo y Relaciones Institucionales: Elena Ortiz-Portada Martínez, 33.750 euros brutos anuales.
.	Concejal de Seguridad, Protección Civil, Recursos Humanos y Atención Ciudadana: Sara Macarrón López, 33.750 euros brutos anuales.
.	Concejal de Cultura, Turismo, Fiestas y Tradiciones: Alberto Villalba de la Torre, 33.750 euros brutos anuales.
Tercero..La percepción de las citadas retribuciones será incompatible con la de otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos o empresas de ellas dependientes, así como para el desarrollo de otras actividades, todo ello en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Dicho nombramiento solo supondrá la aplicación del régimen de dedicación exclusiva o parcial si es aceptado por el concejal, por lo que se da cuenta al Pleno de la aceptación de la dedicación exclusiva y parcial de los concejales designados para dichos puestos. Las dedicaciones exclusivas y parciales de las Concejalías mencionadas serán efectivas a partir del día siguiente a la adopción del presente acuerdo, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Solo los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte.
Cuarto..El régimen de dedicación mínima a las tareas municipales por los concejales con dedicación exclusiva será la presencia en el Ayuntamiento la jornada laboral todos los días laborables de lunes a viernes, sin perjuicio de las actividades y viajes oficiales que fueran necesarios para el desempeño de las funciones inherentes a su cargo. El régimen de dedicación mínima a las tareas municipales por los concejales con dedicación parcial será la presencia en el Ayuntamiento de un 80 % de jornada laboral todos los días laborables de lunes a viernes, sin perjuicio de las actividades y viajes oficiales que fueran necesarios para el desempeño de las funciones inherentes a su cargo.
Quinto..Dar de alta/modificar en el Régimen General de la Seguridad Social a los miembros de la Corporación que desempeñen tales cargos en régimen de dedicación exclusiva y parcial, y en este último caso en tal concepto parcial, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan.
Sexto..Autorizar y disponer el gasto con cargo a la aplicación correspondiente del Presupuesto General en vigor, autorizándose, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y en el RD 500/1990.
Séptimo..Que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de forma íntegra el Acuerdo plenario, a los efectos de su general conocimiento, dada su trascendencia.
En Morata de Tajuña, a 11 de marzo de 2026..La alcaldesa, Gloria de la Torre Martínez.
(03/4.471/26)</texto>
</documento>