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    <identificador>BOCM-20260331-47</identificador>
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    <titulo>Autorización instalación eléctrica
. Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de cinco líneas de 20 kV ubicadas en el Cno. Valmoral, s/n, en el término municipal de Soto del Real, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. Expediente: 2020P408 - 14-0141-00408.4/2020</titulo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
47RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de cinco líneas de 20 kV ubicadas en el Cno. Valmoral, s/n en el término municipal de Soto del Real, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. Expediente: 2020P408 - 14-0141-00408.4/2020.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Con fecha 17/5/2020 y referencia 45/283089.9/20 tiene entrada en esta Dirección General escrito de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. en el que se solicita la autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado en fecha 7/5/2020 por Manuel García Díaz con n.o de colegiado 18153 del COIIM.
Segundo
Con fecha 8 de julio de 2022 y referencia 10/461944.9/22 se recibe del Área de Evaluación Ambiental elevado por la Subdirección General de Impacto Ambiental, informe por la extinta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de Madrid (SEA 9.36/21), en el que se resuelve, que siempre y cuando se cumplan las condiciones reflejadas en los informes de la Subdirección General de Espacios Protegidos de fechas 4 de junio de 2021 y 18 de abril de 2022 y de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de fecha 10 de marzo de 2022, la no necesidad de tramitación de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental establecidos en el artículo 7 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Tercero
Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de 30 de agosto de 2022, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y aprobación del proyecto para la modificación de una línea en camino Valmoral, sin número, en el término municipal de Soto del Real, solicitada por I-De Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 225, de fecha 21/09/2022). Como resultado de la fase de información pública, no se han recibido alegaciones.
Cuarto
De acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 14 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectados, esto es: el Ayuntamiento de Soto del Real, el Canal de Isabel II, la Confederación Hidrográfica del Tajo y el Área de Vías Pecuarias de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid.
Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación de ninguno de los organismos anteriormente mencionados lo que se entiende su conformidad con la autorización de la instalación.
Quinto
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de octubre para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la instalación de cinco líneas de 20 kV en Cno. Valmoral, s/n, del término municipal de Soto del Real, cuyas características son:
.	Reforma de la línea eléctrica denominada “4135-14-PZA Chozas” en un tramo de la línea aérea de 20kV entre el CT “Polonia” (26E-1804) y el CT “Ermita-Soto Real” (26E-2446) hasta el apoyo existente n.o 2809 para lo cual se proyecta la construcción de las siguiente cinco nuevas líneas:
	Línea 1 (ILE17079): línea subterránea con una longitud de 440 metros que enlazará el CT “Polonia” con el CT “Ermita-Soto Real” discurriendo por canalización entubada de nueva construcción.
	Línea 2 (ILE17080): línea subterránea con una longitud de 485 metros que enlazará el CT “Ermita-Soto Real” con el apoyo proyectado n.o 1 discurriendo por canalización entubada de nueva construcción.
	Línea 3 (ILE17081): línea aérea con una longitud de 30 metros que enlazará el apoyo proyectado n.o 1 con el apoyo existente n.o 2792.
	Línea 4 (ILE17082): línea subterránea con una longitud de 365 metros que enlazará el apoyo proyectado n.o 1 con el apoyo existente n.o 1011 discurriendo por canalización entubada de nueva construcción.
	Línea 5 (ILE17083): línea subterránea con una longitud de 610 metros que enlazará los apoyos existentes n.o 2798 y n.o 2809 discurriendo por canalización entubada de nueva construcción.
Las características y ubicación de estas cinco líneas .en coordenadas UTM referidas al huso 30. son:

.	Instalación de un nuevo apoyo metálico n.o 1 de celosía C-4500-16E con paso aéreo subterráneo.
.	Se desmontarán 1705 m de conductor aéreo y 25 apoyos (7 metálicos y 18 de madera) y se dejarán sin servicio 3 metros de conductor subterráneo.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:
1.  Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2.  El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud de autorización de explotación, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I.5 del Decreto 86/2025, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, ampliación del plazo establecido.
3.  La documentación a presentar con la solicitud de autorización de explotación deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.
Tercero
La presente autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.
Cuarto
Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la extinta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de Madrid (SEA 9.36/21) citado en los Antecedentes de Hecho.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 4 de marzo de 2026..La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.
(02/3.891/26)</texto>
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