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    <titulo>. Becerril de la Sierra. Régimen económico. Tarifas autotaxi</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
81Becerril de la Sierra. Régimen económico. Tarifas autotaxi
Por medio del presente y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace público para el general conocimiento que por Acuerdo adoptado por la Comisión de Precios del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid en su reunión del día 12 de marzo de 2026, se han autorizado las tarifas aplicables en los servicios de autotaxi, propuestas por el Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, mediante resolución de Alcaldía n.o 2025-0872 de fecha 10 de diciembre de 2025, según se especifica a continuación:

Este Acuerdo deja sin efectos los dictados con anterioridad sobre la misma materia. Estas tarifas permanecerán vigentes en el municipio hasta que no se autoricen otras distintas por el órgano competente.
Contra la resolución de autorización, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Comisión de Precios o ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.
Becerril de la Sierra, a 18 de marzo de 2026..El alcalde, José Luis Martín González.
(01/4.320/26)</texto>
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