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    <titulo>. Ambite. Organización y funcionamiento. Ordenanza</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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AYUNTAMIENTO DE AMBITE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
79Ambite. Organización y funcionamiento. Ordenanza
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de marzo de 2026, acordó la aprobación inicial de ordenanza reguladora municipal de la utilización temporal o esporádica de locales municipales de Ambite, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de 30 días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://ambite.sedelectronica.es ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
Ambite, a 18 de marzo de 2026..El alcalde–presidente, Apolonio Alcaide Bravo.
(03/4.302/26)</texto>
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