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    <titulo>– Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias. Ofertas de empleo. Oferta empleo público</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE LOZOYUELA-NAVAS-SIETEIGLESIAS
OFERTAS DE EMPLEO
53Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias. Ofertas de empleo. Oferta empleo público
Mediante resolución de la alcaldesa-presidenta, de fecha 18 de marzo de 2026, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2026: 
A la vista de los que obran en el expediente 158/2026 tramitado por los servicios municipales, 
Visto el acuerdo de Pleno de 4 de diciembre de 2025, por el que se aprueba juntamente con el presupuesto municipal, la plantilla de este Ayuntamiento y oferta pública de empleo para el año 2026, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 
RESUELVO
Primero.  Aprobar la oferta de empleo público de este Ayuntamiento para el año 2026, que contiene el siguiente puesto de trabajo:

Segundo.  Publicar la oferta de empleo público en el tablón de anuncios de la Corporación, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://lozoyuela.sedelectronica.es ) y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 
Tercero.  Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente oferta de empleo público dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación.
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local; el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la alcaldesa-presidenta en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. 
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
En Lozoyuela, a 18 de marzo de 2025..La alcaldesa-presidenta, Lucía Balseiro Serrano.
(03/4.265/26)</texto>
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