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    <titulo>. San Fernando de Henares. Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
84San Fernando de Henares. Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana
Aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, en sesión ordinaria de 19 de febrero de 2026, la ordenanza de convivencia ciudadana del municipio de San Fernando de Henares, se expone al público por plazo de treinta días hábiles; a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
El documento aprobado podrá consultarse en la página web del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
Transcurrido el periodo de exposición al público, si no se presentara ninguna reclamación, se elevará a definitivo este acuerdo, sin necesidad de adoptar otro nuevo; procediéndose a la publicación íntegra de su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de su entrada en vigor transcurridos quince días hábiles desde su publicación.
San Fernando de Henares, a 3 de marzo de 2026..La concejala de Recursos Humanos, Régimen Interior, Modernización, Seguridad, Emergencias, Tráfico, Participación Ciudadana y Comercio, Leticia Martín García.
(03/3.887/26)</texto>
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