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    <identificador>BOCM-20260317-20</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA  Y UNIVERSIDADES</departamento>
    <rango>EXTRACTO</rango>
    <fecha_publicacion>2026/03/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/03/03</fecha_disposicion>
    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de la Orden 800/2026, de 3 de marzo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se amplía en 105.058,64 de euros el crédito presupuestario disponible, consignado en la Orden 2174/2025, de 19 de agosto, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas individualizadas de desayuno escolar a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno escolar, pertenecientes a familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital, durante el período lectivo del curso 2025-2026</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>64</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA  Y UNIVERSIDADES</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
20EXTRACTO de la Orden 800/2026, de 3 de marzo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se amplía en 105.058,64 de euros el crédito presupuestario disponible, consignado en la Orden 2174/2025, de 19 de agosto, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas individualizadas de desayuno escolar a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno escolar, pertenecientes a familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital, durante el período lectivo del curso 2025-2026.
BDNS: 852544
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que se declara el importe de los créditos disponibles, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index ), en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Primero
Ampliación del crédito presupuestario disponible para la concesión directa de ayudas individualizadas de desayuno escolar a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno escolar, pertenecientes a familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital, durante el período lectivo del curso 2025-2026
Ampliar el crédito presupuestario disponible de la anualidad 2026 en 105.058,64 de euros, para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las directa de las ayudas que se regulan en el Acuerdo de 31 de octubre de 2023 del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de noviembre de 2023), por el que se aprueban las normas reguladoras para la concesión directa de ayudas individualizadas de desayuno escolar a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno escolar, pertenecientes a familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital, durante el período lectivo del curso escolar.
En consecuencia, se modifica la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2026 hasta un importe total de 705.058,64 euros.
El crédito disponible se imputará al subconcepto 48399 “Familias: otras actuaciones” del Programa presupuestario 323 M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026.
Segundo
Efectos de la Orden
La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 3 de marzo de 2026.
		La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, 		MERCEDES ZARZALEJO CARBAJO
(03/3.883/26)</texto>
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