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    <titulo>. Perales de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PERALES DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
48Perales de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En la Secretaría-Intervención municipal de esta Entidad Local, y conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de la formulación de las reclamaciones pertinentes, el expediente de modificación saldos iniciales de obligaciones y derechos reconocidos ejercicios cerrados, aprobado por la Corporación en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 19 de febrero de 2026, con el siguiente detalle resumido por capítulos:
“Primero.  Aprobar la modificación del saldo inicial de derechos reconocidos de presupuestos cerrados del ejercicio 2021, 2022, 2023 y 2024 debido a los motivos descritos, por importe de 16.062,05 euros.

Segundo.  Aprobar la modificación del saldo inicial de los conceptos no presupuestarios del ejercicio 2023 debido a los motivos descritos, por importe de 140,83 euros.

Tercero.  En atención a la naturaleza de las operaciones, en su caso, someter el expediente a trámite de audiencia, durante el plazo de quince días, mediante notificación expresa a los interesados, que como tales consten en el expediente, a fin de que puedan comparecer en el mismo a los efectos de alegar y presentar cuantos documentos y justificaciones estimen pertinentes.
Igualmente, y en cualquier caso, se someterá el expediente a trámite de información pública, por plazo de veinte días mediante su anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos de la Corporación Municipal. A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Cuarto.  Practicar los asientos contables necesarios para hacer efectiva dicha modificación o rectificación.”
Perales de Tajuña, a 26 de febrero de 2026..El secretario-interventor, Gonzalo Palacio Sánchez.
(03/3.130/26)</texto>
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