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    <titulo>. Perales de Tajuña. Organización y funcionamiento. Reglamento Policía Local</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PERALES DE TAJUÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
46Perales de Tajuña. Organización y funcionamiento. Reglamento Policía Local
El Pleno del Ayuntamiento de Perales de Tajuña, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de febrero de 2026, acordó la aprobación inicial del Reglamento del Cuerpo de Policía Local de Perales de Tajuña y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el cual estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento de Perales de Tajuña ( http://ayto-peralestajuna.sedelectronica.es ), para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones y/o sugerencias que consideren oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Perales de Tajuña, a 26 de febrero de 2026..El secretario-interventor, Gonzalo Palacio Sánchez.
(03/3.095/26)</texto>
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