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    <titulo>. Buitrago del Lozoya. Urbanismo. Normas subsidiarias</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BUITRAGO DEL LOZOYA
URBANISMO
39Buitrago del Lozoya. Urbanismo. Normas subsidiarias
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 35, de 11 de febrero de 2026, se publicó el anuncio conteniendo la publicación íntegra del articulado de la normativa y demás documentación de la “Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de ámbito municipal de Buitrago del Lozoya (Madrid), con el fin de adecuar las condiciones urbanísticas del Matadero Frigorífico Comarcal de Buitrago a su condición de equipamiento de interés social”, aprobada con carácter definitivo mediante la Orden 878/2025, de 7 de marzo de 2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid y, todo ello, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, puesto en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en orden a su entrada en vigor, la cual se produce en el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Habiéndose detectado en la referida publicación la omisión involuntaria de normativa incluida en la mencionada Modificación Puntual de Planeamiento General, se procede a continuación a su publicación, en base a lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.











































En Buitrago del Lozoya, a 25 de febrero de 2026..El alcalde, Francisco Javier del Valle Morales.
(03/2.986/26)</texto>
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