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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Reglamento Especial Protocolo</titulo>
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    <organismo>POZUELO DE ALARCÓN</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
83Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Reglamento Especial Protocolo
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno de Pozuelo de Alarcón y de conformidad con el artículo 49 de la disposición primeramente citada, se anuncia que el Pleno, en sesión de 19 de febrero de 2026, ha aprobado inicialmente el reglamento de modificación parcial del Reglamento Especial de Protocolo del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y su exposición al público.
Durante el periodo de información pública por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los interesados podrán examinar el expediente en la Secretaría General del Pleno y formular las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
En Pozuelo de Alarcón, a 24 de febrero de 2026..El secretario general del Pleno, Gonzalo Cerrillo Cruz.
(03/2.907/26)</texto>
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