<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20260225-39</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2026/02/25</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/02/09</fecha_disposicion>
    <titulo>Autorización instalación eléctrica
. Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la repotenciación de la línea aéreo-subterránea de transporte SC 220kV Valdemoro-Arganda (02ULE043 y 01ULE037) ubicada en Ctra. N-404, km 38, en los términos municipales de Valdemoro, Ciempozuelos, San Martín de la Vega y Arganda del Rey, solicitado por Red Eléctrica de España, S. A. U. Expediente: 2022P696 - 14-0141-00696.2/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>47</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20260225-39</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/02/25/BOCM-20260225-39.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/02/25/BOCM-20260225-39.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/02/25/BOCM-20260225-39.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/02/25/BOCM-20260225-39.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
39RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la repotenciación de la línea aéreo-subterránea de transporte SC 220kV Valdemoro-Arganda (02ULE043 y 01ULE037) ubicada en Ctra. N-404, km 38, en los términos municipales de Valdemoro, Ciempozuelos, San Martín de la Vega y Arganda del Rey, solicitado por Red Eléctrica de España, S. A. U. Expediente: 2022P696 - 14-0141-00696.2/2022.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Con fecha 15/9/2022 y referencia 10/639886.9/22 tiene entrada en esta Dirección General escrito de Red Eléctrica de España, S. A. U., en el que se solicita la autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado en fecha 12/7/2022 por José Enrique Myro Borrero, con n.o de colegiado 4405 del COII-AN-OR.
Segundo
Con fecha 17 de junio de 2024 y ref. 14/016294.9/24 se da traslado al Área de Evaluación Ambiental la solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental simplificada, acompañada del documento ambiental, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación ambiental. Con fecha 28 de julio de 2025 y referencia 10/631652.9/25 se emite Informe de Impacto Ambiental por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid (SEA 65/24), en el que se concluye que, a los solos efectos ambientales, con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas por el promotor y las contenidas en el presente Informe de Impacto Ambiental, las cuales prevalecerán frente a las anteriores en caso de discrepancia, y sin perjuicio de la obligatoriedad de cumplir con la normativa aplicable y de contar con las autorizaciones de los distintos órganos competentes en el ejercicio de sus respectivas atribuciones, no es previsible que la alternativa seleccionada para el proyecto “Repotenciación de la Línea de transporte de energía eléctrica de 220 kV Arganda-Valdemoro” promovido por Red Eléctrica de España, S. A. U., en los términos municipales de Valdemoro, Ciempozuelos, San Martín de la Vega, y Arganda del Rey tenga efectos ambientales significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan las condiciones contenidas en el Informe de Impacto Ambiental.
Con fecha 19 de agosto de 2025 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 197 se publica la Resolución de 29 de julio de 2025, de la Directora General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se acuerda hacer público el Informe de Impacto Ambiental del proyecto de “Repotenciación de la Línea de Transporte de Energía Eléctrica de 220 KV Arganda-Valdemoro”, en el término municipal de Valdemoro, promovido por Red Eléctrica de España, S. A. U. (Expediente: 26-EIA-00065.2/2024).
Tercero
Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de 11 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y aprobación del proyecto para la repotenciación de la línea aéreo-subterránea de transporte SC 220kV Valdemoro-Arganda (02ULE043 y 01ULE037) en Ctra. N-404, km 38, en los términos municipales de Valdemoro, Ciempozuelos, San Martín de la Vega y Arganda del Rey, solicitada por Red Eléctrica de España, S. A. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 288, de 3 de diciembre de 2025).
Como resultado de la fase de información pública, no se han recibido alegaciones.
Cuarto
De acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 14 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectadas: Ayuntamiento de Valdemoro, Ayuntamiento de Ciempozuelos, Ayuntamiento de San Martín de la Vega, Ayuntamiento de Arganda del Rey, ADIF, AESA, Canal de Isabel II, Confederación Hidrográfica del Tajo, DG Carreteras de la Comunidad de Madrid, Enagás, Telefónica y UFD Distribución.
Con fechas 29/11/24, 20/6/24 y 20/6/24 se reciben en esta Dirección General escrito de contestaciones por parte de la DG Carreteras de la Comunidad de Madrid, Telefónica y UFD Distribución, respectivamente, estableciendo una serie de condicionantes y medidas a cumplimentar conforme a la legislación que le es de aplicación. Con fechas 19/3/25, 20/9/24 y 20/9/24 tiene entrada en esta Dirección General escritos de contestación de Red Eléctrica de España, S. A. U., respectivamente, tomándolo en consideración y aceptando lo indicado por dichos organismos.
Con fecha 12/7/24 tiene entrada en esta Dirección General escrito de contestación por parte del Ayuntamiento de Arganda del Rey mostrando su no conformidad al proyecto indicado de acuerdo conforme a la normativa urbanística. Con fecha 17/10/24 tiene entrada en esta Dirección General escrito de contestación por parte de Red Eléctrica de España, S. A. U., indicando que dicho proyecto se encuentra contemplado dentro del “Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026”, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 22 de marzo de 2022 y publicada por Resolución de la Secretaria de Estado de Energía de fecha 8 de abril de 2022 (“Boletín Oficial del Estado” n.o 93, de 19 de abril de 2022), y que la decisión estatal respecto a la ejecución del proyecto, manifestada en la Planificación eléctrica aprobada por Consejo de Ministros y vinculante para Red Eléctrica, prevalecerá sobre el planeamiento urbanístico, cuyo contenido deberá acomodarse a las determinaciones de aquella.
Con fecha 25/10/24 y referencia 14/032477.9/24, esta Dirección General le da traslado de la contestación del promotor al Ayuntamiento de Arganda del Rey, para que en el plazo de 15 días muestre su conformidad o disconformidad con dicha contestación. Habiéndose cumplido dicho plazo sin recibir respuesta por parte del Ayuntamiento de Arganda del Rey, se entiende la conformidad de dicho organismo con la respuesta del promotor.
Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación del resto de los organismos indicados.
Quinto
De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, la autorización de las instalaciones de transporte requerirá el informe previo de la Administración General del Estado, en el que se consignarán las posibles afecciones de la proyectada instalación a los planes de desarrollo de la red, a la gestión técnica del sistema y al régimen económico, según se determina en el artículo 35 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 114 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Con fecha 30/5/2023 esta Dirección General remite solicitud al órgano competente de la Administración General del Estado. En fecha 6/6/2023 (referencia de registro de entrada 10/593057.9/23) se recibe Informe favorable emitido por la Dirección General de Política Energética y Minas.
Sexto
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de octubre para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a Red Eléctrica de España, S. A. U. la repotenciación de la línea aéreo-subterránea de transporte SC 220kV Valdemoro-Arganda (02ULE043 y 01ULE037) en Ctra. N-404, km 38, de los términos municipales de Valdemoro, Ciempozuelos, San Martín de la Vega y Arganda del Rey, cuyas características y ubicación –en coordenadas UTM referidas al huso 30– son:

Se trata del aumento de la capacidad de transporte de la línea descrita, mediante un incremento de la temperatura máxima de operación de 50°C a 85°C.
Además, se llevarán a cabo los siguientes trabajos en la línea en cuestión:
.	Recrecido de los apoyos T-105; T-110; T-129; T-132; T-137; T-163 y T-169.
.	Cambio de cadenas de suspensión por amarres suspendidos en los apoyos T-103; T-114; T-119; T-135; T-139 y T-146.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:
1.  Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2.  El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud de autorización de explotación, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I.5 del Decreto 86/2025, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, ampliación del plazo establecido.
3.  La documentación a presentar con la solicitud de autorización de explotación deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.
Tercero
La presente autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros, y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.
Cuarto
Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el Informe de Impacto Ambiental emitido por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid citado en los antecedentes de hecho (SEA 65/24), señaladas en la Resolución de 29 de julio de 2025, de la Directora General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se acuerda hacer público el Informe de Impacto Ambiental del proyecto de “Repotenciación de la Línea de Transporte de Energía Eléctrica de 220 KV Arganda-Valdemoro”, en el término municipal de Valdemoro, promovido por Red Eléctrica de España, S. A. U. (Expediente: 26-EIA-00065.2/2024), cuyo contenido se puede consultar según lo indicado en la propia publicación.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 9 de febrero de 2026..La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.
(02/2.236/26)</texto>
</documento>