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    <titulo>. Batres. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>46</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>BATRES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BATRES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
53Batres. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51.1 del Real Decreto 2568/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Pleno del Ayuntamiento de Batres, en sesión extraordinaria y urgente, celebrada el 13 de febrero de 2026, acordó delegar en la Alcaldía de este Ayuntamiento todas las facultades que como órgano de contratación corresponden a este órgano en relación a los expedientes de contratación que se indican a continuación:

Lo que se hace público en aplicación de lo dispuesto en el artículo 51.2 del Real Decreto 2568/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Batres, a 13 de febrero de 2026..El alcalde, Juan Carlos Alañón Olmedo.
(03/2.319/26)</texto>
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