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    <titulo>Delegación de competencias
. Resolución de 4 de febrero de 2026, del Rector de la Universidad de Alcalá, por la que se modifica la Resolución de 29 de marzo de 2022, sobre delegación de competencias en diversos órganos de gobierno unipersonales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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C) Otras Disposiciones
UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
25RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2026, del Rector de la Universidad de Alcalá, por la que se modifica la Resolución de 29 de marzo de 2022, sobre delegación de competencias en diversos órganos de gobierno unipersonales.
En aplicación y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, considerando la necesidad de reestructurar las funciones de los Vicerrectorados en los que actualmente este Rectorado tiene delegadas sus competencias, en orden a la mejora de la eficacia y eficiencia de la actividad universitaria, este Rectorado 
HA RESUELTO
Primero
Modificar el apartado Sexto de la Resolución de 29 de marzo de 2022, del Rector de la Universidad de Alcalá, sobre delegación de competencias en diversos órganos unipersonales, en la redacción de dicho apartado tras la modificación acordada por Resolución del Rector de fecha 18 de febrero de 2025, que queda redactado como sigue:
“Sexto.
a)	Las relaciones con los estudiantes y la representación ordinaria ante los órganos y organizaciones estudiantiles.
b)	El apoyo y la orientación al estudiante.
c)	La orientación Psicopedagógica.
d)	La gestión de las prácticas externas.
e)	Las relaciones de la Universidad con el sector productivo y las empresas.
f)	Las políticas de empleabilidad y emprendimiento.
g)	Establecimiento de políticas de fortalecimiento de la participación estudiantil en la vida universitaria.
h)	La coordinación de AlumniUAH.
i)	Las políticas de mecenazgo.
j)	Las relaciones con el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y con otras entidades públicas y privadas radicadas en su término municipal para la puesta en marcha de actividades docentes, investigadoras y de extensión universitaria en el municipio de Torrejón de Ardoz.
k)	Las relaciones con las instituciones regionales y locales.
l)	La supervisión de las actividades de la Editorial Universidad de Alcalá.
m)	Cooperación y voluntariado.
n)	La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general”.
Segundo
Modificar el apartado Noveno de la resolución de 29 de marzo de 2022, del Rector de la Universidad de Alcalá, sobre delegación de competencias en diversos órganos unipersonales, en la redacción de dicho apartado tras la modificación acordada por Resolución del Rector de fecha 24 de junio de 2022, que queda redactado en los siguientes términos:
“Noveno.
(Vacío de contenido)”.
Tercero
La presente Resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM) y en el “Boletín Oficial de la Universidad de Alcalá” (BOUAH).
Alcalá de Henares, a 4 de febrero de 2026..El Rector, José Vicente Saz Pérez.
(03/1.743/26)</texto>
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